Este convenio específico se constituye en un instrumento operativo de cooperación académica e internacional, orientado a regular el intercambio de estudiantes, docentes, investigadores y personal administrativo entre la Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí y la Universidad de Córdoba, con el objetivo de fortalecer la formación académica, la investigación colaborativa y la comprensión intercultural entre Ecuador y España.
- Fecha de suscripción: 2024
- Vigencia: 4 años, con posibilidad de prórroga por hasta 4 años adicionales
- Instituciones participantes:
- Universidad de Córdoba (UCO) – Córdoba, España
- Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí (ULEAM) – Manta, Ecuador
- Ámbito: Académico, científico, cultural e internacional
- Naturaleza: Convenio Específico de Intercambio Académico
- Documento base: Convenio Marco ULEAM – Universidad de Córdoba (26 de febrero de 2024)
1. Introducción y Alcance del Convenio
El presente Convenio Específico establece los términos y condiciones para la ejecución de programas de intercambio académico y cultural entre la ULEAM y la Universidad de Córdoba, en el marco del convenio marco suscrito previamente entre ambas instituciones.
Este instrumento regula la movilidad estudiantil, docente e investigativa, garantizando el reconocimiento académico, la cooperación científica y el fortalecimiento institucional.
2. Declaraciones Conjuntas
Las partes reconocen que:
- Ambas universidades cuentan con competencias legales para establecer relaciones académicas, científicas y culturales internacionales.
- El intercambio de experiencias, conocimientos científicos y tecnológicos es de interés estratégico para el desarrollo académico e institucional.
- Existen campos de interés común y fines compartidos en formación, investigación, cultura y desarrollo institucional.
- El presente convenio específico se suscribe al amparo del convenio marco vigente entre ambas instituciones.
3. Definiciones
Para efectos del convenio se entiende por:
- Institución de origen: Universidad en la cual el estudiante se encuentra matriculado y aspira a graduarse.
- Institución anfitriona: Universidad que recibe al estudiante durante el período de intercambio.
- Semestre o año académico: Período lectivo definido por la institución anfitriona.
4. Objetivo del Acuerdo
El convenio tiene como objetivo:
- Establecer relaciones educativas y de cooperación internacional entre la ULEAM y la Universidad de Córdoba.
- Promover la movilidad académica de estudiantes, docentes e investigadores.
- Facilitar el reconocimiento de créditos académicos cursados en la institución anfitriona conforme a la normativa interna de cada universidad.
- Fomentar la investigación colaborativa y otros desarrollos educativos conjuntos.
5. Objetivos Estratégicos para la Internacionalización
Entre los objetivos estratégicos se establecen:
✓ Fomentar y consolidar programas de movilidad internacional (estudiantes, PDI y PAS).
✓ Incrementar la participación de la comunidad universitaria en intercambios internacionales.
✓ Coordinar áreas internacionales y generar sinergias institucionales.
✓ Definir áreas geográficas estratégicas de cooperación.
✓ Establecer alianzas con universidades de prestigio y calidad.
✓ Desarrollar programas de intercambio académico e institucional.
6. Características y Número de Estudiantes de Intercambio
- El convenio aplica a estudiantes de grado de ambas universidades.
- Campos académicos:
- ULEAM: Todos los campos académicos.
- Universidad de Córdoba: Todos los campos, excepto asignaturas con prácticas rotatorias en Veterinaria, Medicina y Enfermería.
- Número máximo de estudiantes por año académico:
- 8 estudiantes semestrales o
- 4 estudiantes anuales.
- Los estudiantes deberán estar matriculados en su institución de origen y estarán exentos del pago de tasas en la institución anfitriona.
- Se procurará el equilibrio en el número de estudiantes participantes entre ambas instituciones.
7. Selección y Admisión de Estudiantes
- La selección corresponde a la institución de origen.
- Requisitos mínimos:
- Haber aprobado al menos el 25 % de los créditos del programa de estudios.
- Estar matriculado en ambas instituciones durante el intercambio.
- Contar con un acuerdo previo de estudios aprobado.
- Cumplir los requisitos de idioma exigidos por la institución anfitriona.
- La institución anfitriona se reserva el derecho de admisión.
- Se establecen plazos específicos para la presentación de postulaciones en ambas universidades.
8. Obligaciones de las Instituciones Participantes
Las instituciones se comprometen a:
- Orientar a los estudiantes extranjeros sobre requisitos migratorios y académicos.
- Reconocer a los estudiantes de intercambio como estudiantes de tiempo completo.
- Proporcionar credenciales y acceso a infraestructura y recursos académicos.
- Emitir y remitir los resultados académicos oficiales dentro de los plazos establecidos.
- Reconocer los créditos académicos conforme al acuerdo de estudios aprobado.
9. Obligaciones de los Estudiantes de Intercambio
Los estudiantes deberán:
- Tramitar el acuerdo de estudios previo al intercambio.
- Contratar seguros de salud, accidentes y responsabilidad civil con cobertura internacional.
- Asumir los gastos de alojamiento, manutención, transporte, seguros, visas y otros costos personales.
- Cumplir la normativa interna de la institución anfitriona.
- Gestionar el reconocimiento académico en su institución de origen.
10. Alojamiento y Familias de los Estudiantes
- Se procurará facilitar información para el alojamiento cercano al centro de estudios.
- Las obligaciones institucionales no se extienden a familiares del estudiante, salvo autorización expresa, siendo los gastos de su responsabilidad.
11. Intercambio de Docentes, Doctorandos e Investigadores
- Se promoverá el intercambio de docentes, doctorandos e investigadores posdoctorales.
- Los detalles se acordarán de forma específica conforme a la normativa institucional.
- Las instituciones facilitarán el acceso a instalaciones académicas y la integración en grupos de investigación.
- Se promoverá la difusión de los resultados de investigación mediante seminarios y coloquios.
12. Personal Responsable del Programa
Las unidades responsables serán:
- Universidad de Córdoba:
- Vicerrectora de Internacionalización.
- ULEAM:
- Vicerrectora de Investigación, Vinculación y Postgrado.
Las designaciones podrán modificarse mediante notificación escrita.
13. Seguimiento del Programa de Movilidad
- El programa será evaluado al menos cada dos años.
- El seguimiento permitirá introducir ajustes y detectar nuevas oportunidades de cooperación académica y científica.
14. Vigencia y Terminación
- El convenio tendrá una vigencia de cuatro (4) años desde su firma.
- Podrá prorrogarse por hasta cuatro (4) años adicionales.
- Podrá terminarse con seis meses de notificación previa, garantizando la culminación de intercambios en curso.
- La vigencia del convenio específico no afecta la del convenio marco entre las partes.
15. Solución de Controversias
- Las controversias se resolverán mediante entendimiento directo entre las partes.
- De no lograrse acuerdo, se designará un mediador de común acuerdo.
