Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional Académico – Fundación BOMACO

El presente convenio constituye un instrumento de cooperación interinstitucional orientado a fortalecer la articulación entre la academia y una organización dedicada a la conservación de bosques, mares y comunidades, con el propósito de impulsar la formación académica, la investigación aplicada, la vinculación con la sociedad y el desarrollo sostenible en la provincia de Manabí.

  • Fecha de suscripción: 13 de octubre de 2022
  • Vigencia: 4 años, contados a partir de su suscripción
  • Firmantes:
    • Dr. Marcos Tulio Zambrano Zambrano, PhD, Rector de la Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí
    • Mgs. Carolina Tapanja Ruperti, Presidenta y Representante Legal de la Fundación BOMACO
  • Ámbito: Académico, ambiental, comunitario, técnico y social
  • Naturaleza: Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional Académico
  • Documento: Convenio Marco ULEAM – Fundación BOMACO – 2022

1. Introducción y Alcance del Convenio

El Convenio Marco establece las bases de cooperación interinstitucional entre la Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí (ULEAM) y la Fundación BOMACO (Bosques, Mares y Comunidades), para el desarrollo de acciones conjuntas en docencia, investigación, prácticas preprofesionales, educación ambiental y vinculación con la sociedad.

El instrumento busca articular el conocimiento académico con iniciativas de conservación ambiental, desarrollo comunitario y sostenibilidad territorial en zonas rurales y costeras de la provincia de Manabí.

2. Antecedentes Institucionales y Rol de Cada Parte

2.1 Antecedentes de la ULEAM

La Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí es una institución pública de educación superior, autónoma y sin fines de lucro, creada mediante Ley N.° 10 publicada en el Registro Oficial N.° 313 del 13 de noviembre de 1985.

La ULEAM se rige por la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Educación Superior, su Estatuto Universitario y la normativa emitida por los organismos del sistema de educación superior. Su misión se orienta a la formación profesional integral, la investigación científica y la vinculación con la sociedad, con enfoque humanista, ético y territorial.

Entre sus fines institucionales se destacan:

  • Formación profesional, técnica y científica.
  • Impulso a la investigación y la innovación.
  • Vinculación con la sociedad y desarrollo territorial.
  • Promoción de valores éticos, solidarios y humanísticos.

2.2 Antecedentes de la Fundación BOMACO

La Fundación BOMACO (Bosques, Mares y Comunidades) es una organización sin fines de lucro enfocada en la conservación de ecosistemas terrestres y marino-costeros, así como en el fortalecimiento de comunidades rurales, pesqueras y agrícolas de la provincia de Manabí.

Su accionar institucional se orienta a:

  • Conservación de la biodiversidad y los ecosistemas.
  • Promoción de alternativas productivas sostenibles.
  • Educación ambiental y fortalecimiento comunitario.
  • Articulación de saberes locales y científicos.

3. Normativa y Bases Legales del Convenio

3.1 Constitución de la República del Ecuador

  • Derecho a la educación y al ambiente sano.
  • Garantía de igualdad y no discriminación.
  • Reconocimiento de la educación como eje estratégico del desarrollo nacional.
  • Principio de corresponsabilidad y coordinación interinstitucional.

3.2 Ley Orgánica de Educación Superior (LOES)

  • Reconocimiento de la autonomía responsable de las universidades.
  • Obligatoriedad de la vinculación con la sociedad y prácticas preprofesionales.
  • Principio de pertinencia de la educación superior con las necesidades del territorio.

3.3 Reglamento de Régimen Académico

  • Regulación de prácticas preprofesionales, laborales y de servicio comunitario.
  • Establecimiento de que dichas prácticas no generan relación laboral.

3.4 Estatuto de la ULEAM

  • Facultad del Rector para suscribir convenios interinstitucionales en los ámbitos académico, científico y administrativo.

3.5 Ley de la Juventud

  • Promoción de pasantías y prácticas como mecanismos de formación y desarrollo profesional.

4. Objeto del Convenio

El presente convenio tiene por objeto desarrollar programas de pasantías, prácticas preprofesionales, proyectos de investigación y actividades de vinculación con la sociedad, con énfasis en conservación ambiental, sostenibilidad y desarrollo comunitario, en las áreas de conocimiento de las Ciencias de la Vida y Tecnologías de la ULEAM.

5. Tipos de Colaboración y Alcances Estratégicos

Las acciones conjuntas estarán orientadas a:

Prácticas preprofesionales y pasantías estudiantiles.
Proyectos de investigación científica y aplicada.
Procesos de vinculación con la sociedad.
Educación ambiental y capacitación comunitaria.
Transferencia de conocimientos académicos y técnicos.
Suscripción de convenios específicos para proyectos concretos.

6. Obligaciones y Responsabilidades de las Partes

6.1 Obligaciones de la ULEAM

La Universidad se compromete a:

  • Presentar la nómina de estudiantes participantes.
  • Designar docentes tutores y supervisores académicos.
  • Coordinar horarios y cronogramas con BOMACO.
  • Supervisar y evaluar prácticas y proyectos ejecutados.
  • Reconocer y validar las horas de prácticas preprofesionales.
  • Promover la participación estudiantil en proyectos sociales y ambientales.

6.2 Obligaciones de la Fundación BOMACO

La Fundación se compromete a:

  • Facilitar espacios administrativos y técnicos.
  • Designar tutores responsables para prácticas y proyectos.
  • Emitir certificados de cumplimiento.
  • Acompañar la ejecución de actividades académicas y de campo.
  • Apoyar procesos de capacitación y educación ambiental.

6.3 Obligaciones de los Estudiantes

Los estudiantes deberán:

  • Mantener confidencialidad de la información institucional.
  • Cumplir la planificación y normas de la Fundación.
  • Actuar con ética, responsabilidad y compromiso social.
  • Respetar normas ambientales y de seguridad.

7. Propiedad Intelectual

  • Las creaciones desarrolladas de manera independiente pertenecerán a la parte que las genere.
  • Los productos generados de forma conjunta serán de propiedad compartida.
  • El convenio no implica cesión de derechos de autor ni propiedad industrial.

8. Presupuesto y Financiamiento

  • El convenio no genera obligaciones económicas para ninguna de las partes.
  • Los recursos financieros, de ser necesarios, se establecerán en convenios específicos.

9. Confidencialidad

  • Toda la información intercambiada tendrá carácter confidencial, salvo autorización expresa por escrito.
  • La obligación de confidencialidad se mantendrá incluso después de la terminación del convenio.

10. Vigencia del Convenio

  • El convenio tendrá una vigencia de cuatro (4) años, contados desde su suscripción, pudiendo renovarse por acuerdo entre las partes.

11. Supervisión y Coordinación

  • La supervisión estará a cargo de:
    • ULEAM: Dirección de Vinculación y/o Vicerrectoría de Investigación, Vinculación y Postgrado.
    • Fundación BOMACO: Presidente o delegado designado.

12. Modificaciones y Terminación

12.1 Modificaciones

  • El convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo y por escrito, previo informe técnico y legal.

12.2 Terminación

El convenio podrá terminar por:

  • Cumplimiento del plazo.
  • Mutuo acuerdo.
  • Incumplimiento de obligaciones.
  • Fuerza mayor o caso fortuito.

Al finalizar, se elaborará el acta de terminación correspondiente.

13. Solución de Controversias

  • Las controversias se resolverán mediante diálogo directo.
  • De persistir, se acudirá al Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado, y como última instancia a la jurisdicción contencioso administrativa.
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