Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional – Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí – Asociación Scouts del Ecuador

El presente convenio constituye un instrumento de cooperación interinstitucional orientado a fortalecer la formación integral de estudiantes universitarios mediante programas de prácticas preprofesionales, vinculación con la sociedad, liderazgo juvenil y desarrollo de competencias ciudadanas, en articulación con el Movimiento Scout del Ecuador.

  • Fecha de suscripción: 21 de septiembre de 2022
  • Vigencia: 5 años, contados a partir de su suscripción, con posibilidad de renovación
  • Firmantes:
    • Dr. Marcos Tulio Zambrano Zambrano, PhD, Rector de la Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí
    • Sr. Byron Eduardo Erazo Navas, Representante Legal de la Asociación Scouts del Ecuador
  • Ámbito: Académico, comunitario, formativo, social y de liderazgo juvenil
  • Naturaleza: Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional
  • Documento: Convenio Marco ULEAM – Asociación Scouts del Ecuador – 2022

1. Introducción y Alcance del Convenio

El Convenio Marco establece las bases de cooperación interinstitucional entre la Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí (ULEAM) y la Asociación Scouts del Ecuador, con el propósito de articular programas de formación académica, prácticas preprofesionales, vinculación con la sociedad y liderazgo juvenil.

Este instrumento permite integrar el modelo educativo universitario con la metodología scout, promoviendo el desarrollo integral de jóvenes, la responsabilidad social y la participación comunitaria.

2. Antecedentes Institucionales y Rol de Cada Parte

2.1 Antecedentes de la ULEAM

La Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí es una institución pública de educación superior, autónoma y sin fines de lucro, creada mediante Ley N.° 10 publicada en el Registro Oficial N.° 313 del 13 de noviembre de 1985, con sede en la ciudad de Manta.

Se rige por la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Educación Superior, su Estatuto Universitario y la normativa emitida por el Consejo de Educación Superior. Su misión se orienta a la formación académica integral, la investigación científica y la vinculación con la sociedad, con enfoque humanista, democrático y territorial.

2.2 Antecedentes de la Asociación Scouts del Ecuador

La Asociación Scouts del Ecuador es una organización educativa, voluntaria y sin fines de lucro, que forma parte del Movimiento Scout Mundial. Su finalidad es contribuir a la educación integral de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, promoviendo valores éticos, liderazgo, ciudadanía activa y servicio comunitario.

El Movimiento Scout fomenta el desarrollo físico, intelectual, social y espiritual de sus miembros, formando ciudadanos responsables y comprometidos con su comunidad, el país y el mundo.

3. Normativa y Bases Legales del Convenio

3.1 Constitución de la República del Ecuador

  • Derecho a la educación como proceso integral y permanente.
  • Protección y promoción de los derechos de jóvenes.
  • Principios de igualdad, inclusión y participación ciudadana.
  • Deber del Estado de coordinar acciones interinstitucionales.

3.2 Ley Orgánica de Educación Superior (LOES)

  • Reconocimiento de la autonomía responsable de las universidades.
  • Obligatoriedad de la vinculación con la sociedad y prácticas preprofesionales.
  • Principio de pertinencia de la educación superior con las necesidades sociales.

3.3 Reglamento de Régimen Académico

  • Regulación de prácticas preprofesionales, laborales y de servicio comunitario.
  • Establecimiento de que dichas prácticas no generan relación laboral.

3.4 Estatuto de la ULEAM

  • Facultad del Rector para suscribir convenios interinstitucionales en los ámbitos académico, científico y administrativo.

3.5 Ley de la Juventud

  • Promoción de pasantías, prácticas y programas de formación juvenil.

4. Objeto del Convenio

El presente convenio tiene por objeto instrumentar la cooperación interinstitucional para que los estudiantes de la ULEAM puedan realizar prácticas preprofesionales, actividades de vinculación con la sociedad y programas formativos, a través de los clubes y programas institucionales de la Asociación Scouts del Ecuador.

5. Tipos de Colaboración y Alcances Estratégicos

Las acciones conjuntas estarán orientadas a:

Prácticas preprofesionales y prácticas de vinculación con la sociedad.
Programas de liderazgo juvenil y formación ciudadana.
Actividades educativas, comunitarias y de servicio social.
Capacitaciones, talleres, conferencias y eventos formativos.
Participación en clubes institucionales del Movimiento Scout.
Homologación académica de actividades formativas, conforme normativa ULEAM.

6. Obligaciones y Responsabilidades de las Partes

6.1 Obligaciones de la ULEAM

La Universidad se compromete a:

  • Presentar la nómina oficial de estudiantes participantes.
  • Designar responsables académicos y supervisores institucionales.
  • Coordinar horarios, cronogramas y actividades con Scouts del Ecuador.
  • Evaluar el desempeño de los estudiantes, con base en informes emitidos.
  • Homologar prácticas preprofesionales y de vinculación, conforme normativa.
  • Difundir los programas de Scouts del Ecuador dentro de la comunidad universitaria.

6.2 Obligaciones de la Asociación Scouts del Ecuador

La Asociación se compromete a:

  • Facilitar instalaciones, recursos técnicos y materiales.
  • Designar responsables para el acompañamiento y supervisión de estudiantes.
  • Evaluar periódicamente las actividades realizadas.
  • Emitir certificados de cumplimiento de actividades.
  • Remitir informes semestrales de ejecución del convenio.
  • Generar ambientes de aprendizaje y liderazgo juvenil.

6.3 Obligaciones de los Estudiantes

Los estudiantes deberán:

  • Mantener confidencialidad de la información institucional.
  • Cumplir la planificación, horarios y normas del Movimiento Scout.
  • Demostrar ética, responsabilidad y compromiso social.
  • Cumplir eficientemente las tareas asignadas.

7. Compromisos Legales y Económicos

  • Las actividades académicas y prácticas serán gratuitas.
  • Los costos de membresía anual y seguros de accidentes serán asumidos por los estudiantes beneficiarios.
  • El convenio no genera obligaciones económicas entre la ULEAM y Scouts del Ecuador.

8. Vigencia del Convenio

  • El convenio tendrá una vigencia de cinco (5) años, contados desde su suscripción.
  • Podrá renovarse por mutuo acuerdo entre las partes.

9. Modificaciones y Actividades Adicionales

  • El convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo y por escrito.
  • Podrán desarrollarse actividades adicionales mediante anexos o adendas, previo acuerdo entre las partes.

10. Supervisión y Seguimiento

  • La supervisión estará a cargo de:
    • ULEAM: Vicerrectora de Investigación, Vinculación y Postgrado o su delegado.
    • Scouts del Ecuador: Representante Legal o su delegado.

Al finalizar la vigencia, se realizará una evaluación final del cumplimiento.

11. Solución de Controversias

  • Las controversias se resolverán en primera instancia mediante diálogo directo.
  • De persistir, se establecerá un plazo máximo de treinta (30) días para el cumplimiento de obligaciones.
  • De no resolverse, el convenio podrá darse por terminado sin indemnización.

12. Terminación del Convenio

El convenio podrá terminar por:

  • Vencimiento del plazo.
  • Incumplimiento de obligaciones.
  • Mutuo acuerdo.
  • Decisión unilateral debidamente motivada.
  • Fuerza mayor o caso fortuito.
Scroll al inicio