Funciones según el Estatuto 2019 de la Dirección de Administración del Talento Humano
Art. 100.- Definición. Es la encargada de gestionar el talento humano mediante la aplicación de los subsistemas, direccionándolos al cumplimiento de los objetivos institucionales, enmarcados en la normativa legal y reglamentaria, que aseguren un desarrollo integral y sostenible de las áreas: administrativa y de servicios, para el desenvolvimiento efectivo de los procesos gobernantes y agregadores de valor.
La Dirección de Administración del Talento Humano desarrollará procesos de reclutamiento y selección; análisis y valoración de cargos; evaluación del desempeño; capacitación y desarrollo personal; registro y servicios al personal, según la Ley Orgánica del Servicio Público y el Código del Trabajo, respectivamente.
Art. 101.- El/la director/a. Es designado/a por el/la Rector/a, ejercerá sus funciones a tiempo completo y será de libre nombramiento y remoción.
Art. 102.- Requisitos. Para ser Director/a de Administración del Talento Humano de la Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí, se requiere:
- Estar en goce de los derechos de ciudadanía;
- Poseer título de cuarto nivel en Administración, Derecho, Psicología, Ingeniería Industrial, Economía, Educación o áreas afines;
- Tener experiencia en promoción del talento humano y desarrollo organizacional;
- Haber obtenido el título por lo menos tres años antes de la fecha de su nombramiento.
Art. 103. Funciones. Las funciones asignadas al/la Director/a de Administración del Talento Humano de la Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí, son las siguientes:
- Aplicar el Estatuto, el Reglamento de Gestión Organizacional por Procesos, la Ley Orgánica de Educación Superior, la Ley de Servicio Público y sus reglamentos, las resoluciones del Ministerio de Relaciones Laborales y el Código de Trabajo en el ámbito de su competencia; así como aplicar los Reglamentos Internos que fueren necesarios;
- Elaborar y supervisar el cumplimiento del Reglamento Interno de Administración del Talento Humano, con sujeción a las normas técnicas del Ministerio de Relaciones Laborales;
- Elaborar y aplicar los manuales de descripción, valoración y clasificación de puestos institucionales, con enfoque en la gestión y competencias laborales;
- Administrar el Sistema Integrado de Desarrollo Institucional, Talento Humano y Remuneraciones;
- Mantener actualizado el banco de datos de profesores/as e investigadores/as, servidores/as y trabajadores/as universitarios;
- Elaborar los informes y las acciones de personal relacionadas con el movimiento de profesores/as e investigadores/as, servidores/as y trabajadores/as;
- Tramitar la expedición de nombramientos o ingresos de personal docente, personal administrativo y de servicio, renuncias, despidos, vistos buenos, permisos, licencias y vacaciones, en coordinación con decanos/as y directores/as de departamentos, de conformidad con el Estatuto, Reglamento de Gestión Organizacional por Procesos, Ley de Servicio Público, Código de Trabajo y sus Reglamentos;
- Estructurar la planificación anual del talento humano institucional, sobre la base de las normas técnicas emitidas por el Ministerio de Relaciones Laborales, en el ámbito de su competencia;
- Tramitar viáticos y comisiones de servicios, cuando estos procedan legalmente, en beneficio de las autoridades, personal docente, personal administrativo y de servicio.